Familia, residencia y extranjería

Residencia para familiares en España: identificamos la vía correcta

Si quieres reunirte con tu pareja, hijos, padres u otros familiares, revisamos la nacionalidad, el vínculo, la ubicación y los documentos para saber qué procedimiento corresponde.

Atención en Murcia capital y online · Familias que se encuentran dentro o fuera de España.

¿Qué situación necesitas revisar?

No todas las familias utilizan el mismo régimen de extranjería.

Soy español y quiero que un familiar resida conmigo.

Soy ciudadano de la Unión y mi familiar no es comunitario.

Soy extranjero residente y quiero traer a mi familia.

Mi familiar ya está en España.

Necesito renovar o conservar una residencia familiar.

La vía correcta importa

Familiar de español, familiar comunitario y reagrupación no son lo mismo

El formulario, los requisitos, quién presenta la solicitud y el lugar de tramitación cambian según la nacionalidad y situación de la persona de referencia.

Familia y residencia

¿Qué trámite podemos ayudarte a revisar?

Familiares de personas españolas

Cónyuges, parejas, hijos, ascendientes, progenitores de menores españoles, cuidadores y otros familiares que puedan encajar.

Ver familiares de españoles

Tarjeta de familiar comunitario

Para familiares extracomunitarios que acompañan o se reúnen con ciudadanos de la Unión, EEE o Suiza.

Ver tarjeta comunitaria

Reagrupación familiar

Para personas extranjeras residentes que quieren reagrupar a su pareja, hijos, representados o ascendientes.

 

Revisar reagrupación

Renovación familiar

Revisión de plazos, continuidad del vínculo, requisitos y documentación para renovar la autorización.

 

Revisar renovación

Residencia independiente

Separación, divorcio, fallecimiento, ruptura de pareja o cambio de la situación familiar.

 

Revisar cambio familiar

No sé qué vía necesito

Revisamos si corresponde familiar de español, tarjeta comunitaria, reagrupación, arraigo familiar u otra autorización.

 

Revisar mi situación

Tres procedimientos

¿Quién vive en España y qué nacionalidad tiene?

Soy una persona española

Puede corresponder la autorización específica para familiares de personas españolas. Si se ejerció libre circulación en otro Estado de la UE, revisamos el régimen comunitario.

Cónyuge

Hijos

Pareja

Ascendientes

Familia a cargo

Si la persona española ha ejercido el derecho de libre circulación en otro Estado de la Unión, puede ser necesario comprobar si corresponde el régimen comunitario.

Soy ciudadano de la Unión, EEE o Suiza

El familiar no comunitario puede necesitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, con requisitos sobre vínculo y situación del ciudadano comunitario.

Trabajo

Autónomo

Recursos

Seguro

Dependencia

Además del vínculo, hay que revisar si la persona comunitaria:

- Trabaja por cuenta ajena.
- Trabaja por cuenta propia.
- Dispone de medios económicos y seguro médico.
- Es estudiante con seguro y recursos suficientes.

En determinados familiares también hay que acreditar estar a cargo, convivencia previa o necesidad de cuidados.

Soy extranjero con residencia legal en España

Puede corresponder reagrupación familiar, con requisitos de residencia, medios económicos, vivienda, seguro y vínculo.

Pareja

Hijos

Ascendientes

Vivienda

Medios económicos

DÓNDE ESTÁ CADA PERSONA

La ubicación de la familia cambia el procedimiento

No se tramita igual cuando:

La persona española o residente está en España y el familiar está en otro país.

Ambos familiares están fuera de España y quieren trasladarse.

Ambos se encuentran ya en España.

El familiar extranjero necesita visado.

La solicitud puede presentarse ante la Oficina de Extranjería.

El procedimiento debe continuar ante un consulado.

La persona familiar ya dispone de otra autorización o estancia.

Antes de iniciar el expediente, revisamos quién está legitimado para presentar la solicitud y cuál es la oficina competente.

La posibilidad de permanecer o trabajar durante la tramitación depende del procedimiento y del supuesto familiar concreto. No debe darse por hecho sin revisar el expediente.

Parejas, hijos, ascendientes y dependencia

El vínculo familiar debe acreditarse correctamente

Cónyuge, pareja registrada o pareja estable

Es necesario acreditar la vigencia y autenticidad del vínculo. En las parejas estables no registradas puede ser necesario demostrar convivencia continuada o descendencia común.

También hay que revisar matrimonios anteriores, divorcios, cancelaciones registrales y posibles incompatibilidades entre matrimonio y pareja registrada.

Hijos y descendientes

La edad, la nacionalidad de la persona de referencia, la dependencia, la discapacidad y quién ejerce la custodia pueden cambiar el procedimiento y los documentos exigibles.

No deben confundirse los límites de edad de la autorización para familiares de españoles con los de la reagrupación familiar general o el régimen comunitario.

Padres y ascendientes

Puede ser necesario acreditar que el ascendiente se encuentra a cargo, carece de apoyo familiar, concurre una razón humanitaria o cumple los requisitos específicos del procedimiento.

La dependencia económica debe documentarse de forma real y continuada; no suele bastar una transferencia aislada.

Otros familiares y cuidadores

Algunos procedimientos contemplan familiares a cargo, familiares convivientes, familiares que deben prestar cuidados o situaciones graves de salud o discapacidad.

Estos casos requieren una revisión especialmente cuidadosa del parentesco, la dependencia, la convivencia y los informes médicos o administrativos.

Documentación

Documentos habituales para una residencia familiar

La lista depende del procedimiento y del familiar, pero pueden ser necesarios:

Pasaportes, DNI, NIE, TIE o resoluciones.

Matrimonio, pareja, nacimiento, tutela o custodia.

Convivencia, relación estable o empadronamiento.

Dependencia económica, gastos y estar a cargo.

Trabajo, recursos, seguro o vivienda adecuada.

Antecedentes, traducciones, apostillas y legalizaciones.

Proceso

Revisamos el caso familiar paso a paso

1

Identificamos a la persona de referencia

Española, comunitaria o extranjera residente.

2

Revisamos el vínculo

Matrimonio, pareja, hijos, ascendientes, tutela o dependencia.

3

Comprobamos la ubicación

España, extranjero, Oficina de Extranjería o consulado.

4

Valoramos requisitos y riesgos

Edad, recursos, vivienda, seguro, estar a cargo y documentos.

5

Preparamos el expediente

Formulario, pruebas, traducciones, apostillas, tasas y pasos posteriores.

6

Adaptamos el servicio

Podemos ayudarte con una consulta, revisión documental, preparación, presentación, respuesta a requerimientos o seguimiento, según lo que necesites contratar.

Prevención

Errores que conviene evitar

Solicitar tarjeta comunitaria cuando corresponde familiar de español.

No distinguir pareja registrada de pareja estable.

Aportar documentos extranjeros sin traducción o apostilla.

Presentar reagrupación cuando la persona de referencia es española.

No demostrar correctamente estar a cargo o la convivencia.

No revisar qué sucede tras una separación, divorcio o fallecimiento.

Dudas sobre familia y residencia

¿Qué diferencia hay entre familiar de español, tarjeta comunitaria y reagrupación?

La vía depende de la nacionalidad y situación de la persona de referencia: española, comunitaria o extranjera residente.

Soy español, ¿mi pareja debe solicitar tarjeta comunitaria?

No siempre. Si no se ha ejercido libre circulación en otro Estado de la Unión, normalmente se revisa la autorización específica para familiares de personas españolas.

¿Puedo traer a mis padres a España?

Depende de la vía, la edad, la dependencia, la falta de apoyo familiar y las posibles razones humanitarias.

¿Puedo solicitar la residencia si ya estoy en España?

En algunos supuestos sí. Hay que revisar el parentesco, la vía aplicable y dónde se encuentra cada persona.

¿Es suficiente estar empadronados juntos?

No necesariamente. El empadronamiento puede ayudar, pero no sustituye el resto de pruebas y requisitos.

¿Qué pasa con mi residencia si me divorcio o termina la pareja?

Puede ser posible conservar el derecho de residencia, solicitar una residencia independiente o modificar la autorización, dependiendo del tiempo de convivencia, la existencia de hijos, situaciones de violencia, actividad laboral y otras circunstancias.

¿Puedo reagrupar a mis hijos mayores de edad?

Depende de la vía. La autorización para familiares de españoles, la tarjeta comunitaria y la reagrupación familiar general tienen reglas distintas sobre edad, dependencia, discapacidad y capacidad para cubrir las propias necesidades.

¿Qué significa que un familiar está a cargo?

Significa que existe una dependencia material real y continuada respecto de la persona de referencia para cubrir necesidades básicas. La forma de acreditarlo depende del procedimiento y puede incluir transferencias, gastos, situación económica, convivencia, salud u otras pruebas.

¿Podré trabajar mientras se tramita la solicitud?

Depende del tipo de autorización y del familiar solicitante. Algunos supuestos pueden habilitar para trabajar durante la tramitación, mientras que otros requieren esperar a la concesión o cumplir condiciones adicionales.

¿Atendéis solo en Murcia?

No. Atendemos presencialmente en Murcia capital y online para toda España y para familias que se encuentran en otros países.

La información es orientativa. Cada caso debe revisarse según la normativa vigente, el vínculo, la nacionalidad, la documentación y la oficina competente.

Revisa qué residencia familiar corresponde a tu situación

Si quieres que tu pareja, hijos, padres u otros familiares vivan contigo en España, revisamos tu caso y te explicamos qué procedimiento puede encajar.

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